El gravamen portuario legislado por Buenos Aires: breve crónica.

El pasado 16 de Octubre se publicó en el boletín oficial de la Provincia de Buenos Aires la Ley Impositiva correspondiente al ejercicio fiscal 2010, registrada bajo el número 14044. La norma ha despertado cierta polémica, dado que contempla aumentos tributarios que comenzarán a regir a partir del año entrante.
Es dable suponer que el alza dispuesta en el impuesto inmobiliario urbano, inmobiliario rural, a los automotores y a la herencia tendrá una gélida recepción entre los contribuyentes bonaerenses. Muy por el contrario, candente fue la reacción de los empresarios al saber del establecimiento de un tributo adicional a las actividades portuarias.

La raíz de la controversia en torno a la reforma tributaria reside en el artículo 26 de la Ley 14044, ya que dispone la creación de un impuesto adicional (sic) de ingresos brutos para operaciones de carga y descarga de todo tipo de mercaderías en los puertos de la Provincia, con excepción de productos áridos y la pesca artesanal.
En rigor, las actividades alcanzadas por el tributo consisten en los servicios de manipulación de cargas; de almacenamiento y depósito; dervicios de explotación de infraestructura y derechos de puerto; servicios complementarios para el transporte por agua NCPS/D, y servicios de gestión y logística para el transporte de mercaderías.

Hace ya quinientos años, Nicolás Maquiavelo le advertía a Lorenzo de Medici que “hace odioso, sobre todo, como ya he dicho antes, el ser expoliador y el apoderarse de los bienes y de las mujeres de los súbditos, de todo lo cual convendrá abstenerse. Porque la mayoría de los hombres, mientras no se ven privados de sus bienes y de su honor, viven contentos” (Maquiavelo, El príncipe, Capítulo XIX, “De que modo debe evitarse ser despreciado y odiado”).

Apremiantes razones debería tener un gobernante para desoír semejante consejo. Este parece ser el caso de Daniel Scioli. Tan pragmático como el ilustre florentino resultó ser el ex motonauta, quien encuentra en este impuestazo la manera de allegar recursos a las arcas y aminorar el agobiante déficit fiscal bonaerense. Según estimaciones oficiales, el rojo fiscal de la provincia fue de 2700 millones de pesos en el primer semestre, y se estima que llegará los 5500 millones a fin de año.

Por otro lado, no hace falta leer a Maquiavelo para suponer el espanto que la medida ha causado entre los exportadores y empresarios vinculados a la actividad portuaria.
Es que, si bien los principales analistas vislumbran la salida de la crisis, no es menos cierto que aún se percibe en el aire ese olor a tierra mojada que evoca al tormentoso contexto económico y financiero mundial cercano.
Además, la creación de este tributo adicional constituye un sobrecosto que terminará repercutiendo desfavorablemente en el patrimonio del exportador o importador que decida operar por alguno de los catorce puertos bonaerenses.
Como si fuera poco, dada la cercanía geográfica con la provincia de Santa Fe y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es harto probable que un considerable número de empresarios decidan migrar sus operaciones a puertos situados en dichas jurisdicciones. Por caso, los directivos de las terminales portuarias situadas en San Nicolás y San Pedro temen el desvío inmediato de las cargas a los puertos del Sur de Santa Fe, considerando los escasos 50 km que lo separan.

El malestar se hizo sentir de las más variadas formas A mediados del mes de Septiembre el Puerto de Bahía Blanca se paralizó por varios días en repudio a la creación del arancel portuario. Una situación similar se pudo ver en los puertos de Quequén, San Pedro, La Plata y Dock Sud.

Recién después de sancionar la Ley, las autoridades provinciales parecieron advertir que el tiro les podía salir por la culata.
La hipótesis más probable es que los puertos bonaerenses, en vez de ser contribuir con dinero fresco para el fisco, devengan en yermos testigos de políticas improvisadas, demandantes de asistencia económica y social.
Así fue que el ejecutivo bonaerense envío a la Legislatura una corrección de la Ley Impositiva que suspendió la aplicación del artículo 26 por el término de un año. La nueva ley se registró bajo el número 14059, y fue promulgada el pasado 11 de Noviembre.
Y es que un arancel de estas características, y en estas circunstancias, estaba condenado a morir desde el inicio mismo de la historia, como el desdichado Santiago Nasar concebido por García Marquez.

Obiter dicta: bien puede argüirse acerca de la necesidad de analizar un tributo que recién tendrá vigencia a partir del año 2011.
Opino, sin embargo, que vale la pena detener la mirada sobre las (improvisadas) decisiones políticas que adoptan las provincias vecinas para afrontar sus déficits.
Recientemente, el Ministro de Economía de la Provincia de Santa Fe expresó que "hace tiempo los gastos vienen incrementándose más que los recursos. Esto lleva a que para en 2010 tengamos un déficit estimado de 2.000 millones de pesos”. Las autoridades admiten que dicho rojo será solventado a través de una reforma fiscal que incluye suba de tributos y eliminación de exenciones.
En elCapítulo XXI de "El Príncipe" (Cómo debe comportarse un príncipe para ser estimado) su autor señala que el gobernante "dará seguridades a los ciudadanos para que puedan dedicarse tranquilamente a sus profesiones, al comercio, a la agricultura y a cualquier otra actividad; y que unos no se abstengan de embellecer sus posesiones por temor a que se las quiten, y otros de abrir una tienda por miedo a los impuestos."Legalidad, razonabilidad y prudencia. Espero que en esta ocasión no estén ausentes.
NICOLAS MARTIN CASSANELLO
Abogado.
ncassanello@gmail.com
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