¡A la voz de auraaaaa! Brevata sobre la causa "El Matrero"
por NICOLÁS M. CASSANELLO
El día de ayer la Administración Federal de Ingresos Públicos dio a conocer el siguiente comunicado:
Al momento de escribir este post, la sentencia no ha sido publicada en el Centro de Información Judicial, ni ha trascendido en medios periodísticos. Tampoco aparece en portales especializados o servicios de informacion arancelados.
Sólo contamos con el escueto comunicado de AFIP.
Aún sabiendo que pueden existir imprecisiones en el texto, existen un par de datos que provocan escozor:
No se informa de qué se trata la inexactitud denunciada, sino apenas que el exportador "declaró un importe y que no se ingresaron las divisas". Agrega que la empresa "no pudo demostrar (sic, más bien debería "revertir") las irregularidades constatadas".
Algunas preguntas que nos formulamos...
¿Existió sobre o subfacturación en la declaración aduanera? ¿Se constataron diferencias de calidad y/o cantidad de mercaderías?
¿Acaso El Matrero cobró la exportación y no liquidó las divisas en el Mercado Único y Libre de Cambios? O peor aún, ¿intentó ingresarlas de manera irregular?
¿Existió acaso alguna desavenencia comercial y el cliente del exterior no cumplió con el pago acordado?
Tiempo atrás escribimos sobre estas iniciativas de la Aduana, en donde escandalosamente se prueba el traje de autoridad cambiaria para aplicar la legislación penal aduanera allí donde no corresponde. Preocupa mucho más que esta bandera sea también enarbolada por el poder judicial.
Sólo la lectura del fallo permitirá conocer si éste fue el caso de "El Matrero" o si existió alguna grieta en la defensa que permitió confirmar la sanción, entre otras posibilidades.
Ya volveremos sobre el tema.
El día de ayer la Administración Federal de Ingresos Públicos dio a conocer el siguiente comunicado:
La AFIP obtuvo sentencia favorable en primera instancia en la causa contra “El Matrero SA”, al comprobarse que la firma había declarado un importe en su declaración aduanera de exportación de cueros a Hong Kong y que luego no fueron ingresadas las divisas a dicha declaración.
El fallo, dictado por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal número 6, rechaza la demanda que la empresa interpuso contra la AFIP por la infracción de “declaración inexacta” dispuesta por la Aduana en su momento.
Cabe destacar que la compañía no pudo demostrar en sede administrativa ni en sede judicial, las irregularidades constatadas por la AFIP y, por ende, corresponde aplicarle la sanción prevista en el Código Aduanero: multándola con el pago de 1 a 5 veces el importe de la diferencia detectada, que podría llegar a más 260.000 pesos.
Este fallo tendrá un impacto positivo en los más de 200 sumarios iniciados por AFIP contra exportadores que no cumplieron con la liquidación de divisas.
Al momento de escribir este post, la sentencia no ha sido publicada en el Centro de Información Judicial, ni ha trascendido en medios periodísticos. Tampoco aparece en portales especializados o servicios de informacion arancelados.
Sólo contamos con el escueto comunicado de AFIP.
Aún sabiendo que pueden existir imprecisiones en el texto, existen un par de datos que provocan escozor:
No se informa de qué se trata la inexactitud denunciada, sino apenas que el exportador "declaró un importe y que no se ingresaron las divisas". Agrega que la empresa "no pudo demostrar (sic, más bien debería "revertir") las irregularidades constatadas".
Algunas preguntas que nos formulamos...
¿Existió sobre o subfacturación en la declaración aduanera? ¿Se constataron diferencias de calidad y/o cantidad de mercaderías?
¿Acaso El Matrero cobró la exportación y no liquidó las divisas en el Mercado Único y Libre de Cambios? O peor aún, ¿intentó ingresarlas de manera irregular?
¿Existió acaso alguna desavenencia comercial y el cliente del exterior no cumplió con el pago acordado?
Tiempo atrás escribimos sobre estas iniciativas de la Aduana, en donde escandalosamente se prueba el traje de autoridad cambiaria para aplicar la legislación penal aduanera allí donde no corresponde. Preocupa mucho más que esta bandera sea también enarbolada por el poder judicial.
Sólo la lectura del fallo permitirá conocer si éste fue el caso de "El Matrero" o si existió alguna grieta en la defensa que permitió confirmar la sanción, entre otras posibilidades.
Ya volveremos sobre el tema.
Estimado, interesantes comentarios y reflexiones en relacion al fallo. Te quería consultar si tenes novedades en relacion a nuevos fallos sobre el tema, pues estoy haciendo una tesis y desearía citar jurisprudencia. Espero tus comentarios. Gracias Saludos Sandra Ibañez
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